¿Qué se entiende por plazos de carencia?
Con la contratación de un seguro, buscamos protección ante cualquier situación que afecte a nuestra vida o a la de nuestros seres queridos (salud, hogar, mascotas…). Sin embargo, debemos saber que normalmente los seguros no nos protegen desde el primer momento.
La situación anterior se explica con un concepto al que denominamos “plazos de carencia”, que hace referencia al tiempo que transcurre entre la contratación de un seguro y la opción de acceder a determinadas garantías incluidas en el mismo.
Si nos centramos en los seguros de salud, estos plazos de carencia afectan, entre otras, a estas coberturas:
- Aquellas relacionadas con el embarazo.
- Segunda opinión médica.
- Trasplantes.
- Reproducción asistida.
- Intervenciones y prótesis quirúrgicas.
¿Cuál es su duración?
Cada compañía puede establecer sus propios plazos de carencia para cada garantía. En Santalucía, los plazos son los siguientes:
- Si tienes contratado un seguro de salud con otra compañía, no existen plazos de carencia, salvo para partos o cesáreas (8 meses).
- En caso contrario, los plazos son entre 3 y 10 meses.
¿Cuál es el objetivo de estos plazos?
Las compañías determinan estos plazos de carencia para evitar que los clientes se den de alta para curar una dolencia y, una vez solventada, pongan fin al seguro médico.
Sabemos que cada persona debe hacer frente a diferentes problemas que se presentan sin previo aviso. Por eso, ofrecemos nuestro seguro Más Salud Plus Santalucía, un seguro creado para cubrir todas y cada una de tus necesidades. Porque mereces recibir la mejor atención.