Área privada

Pocos trabajos garantizan ya que tener un contrato indefinido sea sinónimo de empleo fijo. El riesgo de quedarse sin trabajo siempre está presente y, en esos casos, ¿cómo podremos pagar la hipoteca u otros gastos comprometidos si la situación de desempleo se alarga?

Para esas situaciones existe lo que se conoce como seguro de desempleo, también conocido como el seguro de protección de pagos. Con él, tendremos protección en caso de quedarnos sin empleo.

A cambio de una prima mensual o única, el seguro de desempleo te protege en determinadas situaciones de pérdida del trabajo. Esto quiere decir que tu compañía aseguradora hará frente a los pagos de tus facturas (como la hipoteca u otros gastos similares) en caso de que te quedes sin ingresos.

Por lo general, un seguro de desempleo privado es una exigencia de tu propio banco para garantizarse que no dejas de pagar un préstamo en caso de desempleo o incapacidad, y no hay que confundirlo con la prestación por desempleo que se solicita al Ministerio de Empleo.

Además, este seguro funciona como unos ingresos garantizados durante un período de tiempo limitado, que serán proporcionales a la prima que se pague.

Requisitos del seguro de desempleo

Hay que tener en cuenta que el seguro de desempleo te cubre en determinadas condiciones de desempleo y bajo determinadas condiciones y restricciones. Veamos cuáles son esos requisitos:

  • La jornada laboral de tu trabajo tendrá un máximo de horas a la semana. Por debajo de eso no se te considerará ‘apto’ para contratar este seguro.
  • Has de tener un contrato indefinido.
  • Deberás tener una antigüedad de, al menos, seis meses en tu empresa para poder acceder a este seguro.
  • Por lo general, el seguro de desempleo está vinculado a un préstamo hipotecario o a un préstamo personal y no suele ofrecerse por separado.
  • Está destinado a personas de entre 18 y 65 años.

Será el tomador quien decida cuánto dinero paga en función de la indemnización que quiera percibir si se queda desempleado. Además, ésta se cobrará sólo en caso de despido improcedente. ¿Qué otras exclusiones se contemplan?

  • No están incluidos los despidos procedentes o despidos sin derecho a paro (porque no se ha cotizado lo suficiente para tener derecho a la prestación por desempleo).
  • No se contempla para la dimisión o baja voluntaria del trabajador que decide abandonar una empresa.
  • No incluye la finalización del contrato laboral.
  • No superar el período de prueba tampoco te da derecho a la indemnización.
  • Tampoco se incluye la jubilación anticipada del trabajador.

En el caso de que cumplas con los requisitos exigidos, tu seguro de desempleo cubrirá la cuota íntegra de tu hipoteca o una parte pactada previamente con determinados límites.

Habitualmente, el límite máximo de cuotas que cubre un seguro de desempleo es de unos doce meses consecutivos o de 36 cuotas alternas si no son consecutivas.

Además, para las situaciones de desempleo e imprevistos laborales similares, siempre es recomendable contar con un buen seguro de ahorro con el que cubrir tus necesidades en situaciones inesperadas.

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