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Cuando una persona sufre un accidente de trabajo o una enfermedad profesional -con más o menos grado de incapacidad laboral- probablemente ronde por su cabeza la preocupación de la reducción de la cuantía de su salario profesional. “¿Cuál será el importe de la pensión que me quedará?” “¿Cubrirá mis necesidades?”…estas y otras son preguntas comunes de aquellos trabajadores que ven reducida su capacidad profesional de manera permanente. En nuestro sistema de la Seguridad Social, los empleados están obligados a tener aseguradas las contingencias profesionales.4 grados de incapacidad:

  • Incapacidad permanente parcial: cuando el trabajador ha disminuido su capacidad laboral para su profesión un 33%. Es una indemnización a tanto alzado (el cálculo de la incapacidad temporal se hace con 24 mensualidades de la base reguladora).
  • Incapacidad permanente total: cuando el trabajador no puede ejercer su profesión pero puede desarrollar otra distinta. En este caso se calcula un 55% de la base reguladora. Si la persona tiene 55 años o más la pensión se incrementa un 20%, por considerar que esa persona tiene el hándicap de la edad para encontrar un nuevo trabajo.
  • Incapacidad permanente absoluta: cuando el trabajador tiene inhabilitación para desarrollar cualquier profesión. En este caso la persona recibe el 100% de la base regulada.
  • Gran Invalidez: Cuando el trabajador tiene una incapacidad tan elevada que para realizar sus tareas diarias necesita de la ayuda de otra persona. En este caso, la pensión se calcula aplicando a la base reguladora del porcentaje correspondiente a la incapacidad que tiene, un complemento añadido.

Es importante mencionar que a la hora de solicitar un tipo de pensión por incapacidad permanente, es necesario cumplir una serie de requisitos generales y de cotización, que son de diferente índole según el grado de discapacidad. Cuando el incapacitado permanente cumple 65 años, la retribución pasa a llamarse pensión por jubilación. Pero mientras llega ese momento se suele revisar la compensación económica por si existiese un grado de agravación, mejoría o incluso confusión en el diagnóstico.
En España la Seguridad Social reconoce una indemnización para aquellas personas con lesiones y mutilaciones por enfermedades o accidentes laborales, pero como a veces no se consigue alcanzar una incapacidad permanente es importante contar con una ayuda externa. La contratación de un seguro de Santalucía puede ayudarte a asegurar tu futuro económico por su cobertura muy completa.

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