Área privada

FAQS - JUBILACIÓN

¿En qué circunstancias puedo percibir mi Plan de Pensiones?

  • Las contingencias contempladas por la ley son:
    • Jubilación.
    • Incapacidad permanente total, incapacidad absoluta permanente y gran invalidez.
    • Fallecimiento.
    • Dependencia severa y gran dependencia.
  • Además existen dos supuestos excepcionales de liquidez en los que podrás percibir tu Plan de Pensiones: enfermedad grave y desempleo de larga duración.
  • Desde el 1 de enero de 2015 se puede recuperar el dinero del plan una vez que hayan transcurrido 10 años desde la primera aportación. Esto quiere decir que lo aportado en 2015 se podrá recuperar (junto con los beneficios que haya generado) a partir de 2025.

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