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Si eres dueño de una vivienda y estás pensando en alquilarla, es probable que te retenga la posibilidad de que el inquilino deje de abonar las mensualidades. No es para menos. Desde 2006 hasta la fecha, los retrasos en los pagos del alquiler o la hipoteca se han duplicado, alcanzando el 14,4 % a nivel nacional; una tasa que incluso se ha llegado a duplicar en algunas comunidades autónomas, según revela la Encuesta de Condiciones de Vida del Instituto Nacional de Estadística (INE). Con un seguro de impago de alquiler podrás arrendar el inmueble con garantías, pero es necesario cumplir ciertas condiciones para su contratación.

Seguro de impago de alquiler: requisitos para propietarios e inquilinos

El riesgo de impago de las rentas, el recelo ante un posible proceso de desahucio o al deterioro de la propiedad son algunos de los temores recurrentes en muchas personas que deciden sacar una vivienda al mercado de alquiler.

Como propietario, no siempre es fácil saber si un inquilino es el candidato perfecto o no. Algunas personas pueden falsear sus datos o incurrir en morosidad, aunque sean solventes. El seguro de impago es una herramienta conveniente, ya que te permitirá alquilar la vivienda con tranquilidad.

Requisitos y ventajas del Seguro Alquiler Protección Total de Santalucía

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Un instrumento muy útil que te ayudará a encontrar al mejor arrendatario posible. Este tipo de pólizas te protege ante posibles inquilinos morosos, además de cubrir los daños que puedan causar a la propiedad y garantizarte los gastos derivados de la defensa jurídica de los procedimientos administrativos, judiciales, arbitrales o de mediación en los que incurras para hacer valer tus derechos como arrendador.

Unas ventajas que no acaban aquí. Por lo general, estos seguros van más allá y ofrecen coberturas opcionales para garantizarte la mejor experiencia posible: sustitución de cerraduras y limpieza del inmueble, servicio de mantenimiento, etc.

Del lado del inquilino, la persona que busca y alquila una casa siempre tendrá la posibilidad de contratar un seguro de hogar para cubrirse ante cualquier problema que pueda surgir con su casero. Una póliza con garantías para el arrendatario que proteja sus bienes y contemple una cobertura de responsabilidad civil para ‘blindarse’ frente a daños a terceros.

El seguro de impago proporciona tranquilidad al propietario, protegiéndole desde el primer momento.

¿Qué condiciones debe asumir el propietario para contratar un seguro de impago?

Los requisitos básicos para contratar un seguro de impago de alquiler coinciden con los que se solicitan para un seguro de hogar tradicional. Por consiguiente, tendrás que presentar:

  • Cédula de habitabilidad de la vivienda a alquilar, la cual acredita que cumple con las condiciones mínimas para ser habitada.
  • Contrato de alquiler firmado por el arrendador y el arrendatario en el que quede claro que es de larga duración, de manera que no se trata de un alojamiento turístico u ocasional ni de una multipropiedad.
  • Inmueble en buenas condiciones que no supere los 50 años de antigüedad. Si se trata de una propiedad más antigua, es probable que debas acreditar que ha sido rehabilitada, certificando que las conducciones de los suministros, como agua, electricidad o gas, estén en buenas condiciones.

¿Qué términos tiene que cumplir un inquilino en un seguro de impago de alquiler?

Antes de que el arrendador pueda contratar el seguro de impago, la compañía aseguradora será la encargada de evaluar la capacidad económica del candidato potencial a alquilar ese inmueble. Así, tras la realización de un estudio de viabilidad, estará en condiciones de dar el visto bueno (o no) al futuro inquilino.

Este análisis de la solvencia del arrendatario es un factor básico, un requisito fundamental de parte del inquilino, para cerrar este tipo de contratos, ya que la aseguradora responderá por el importe de las rentas impagadas y los posibles costes relacionados con la reclamación de la deuda. Por tanto, es comprensible que antes de asumir ese riesgo, las compañías de seguros se cercioren de este aspecto.

Un estudio de solvencia es un análisis de las condiciones económicas y laborales del futuro inquilino para determinar si podrá hacer frente al pago del alquiler y evaluar el nivel de riesgo de impago que puede representar.

Para realizar ese estudio, las aseguradoras suelen establecer dos condiciones imprescindibles:

  • No estar inscrito en ningún registro de morosidad. Un requisito para el seguro de impago de alquiler es que el inquilino no figure en el Fichero de Inquilinos Morosos (FIM). Este registro nacional de deudas en el alquiler inmobiliario recopila todas las incidencias relacionadas con la morosidad en el arrendamiento.
  • Demostrar la solvencia económica. El futuro inquilino debe demostrar que sus ingresos anuales son suficientes para pagar el importe total del alquiler. Si trabaja para una empresa, tendrá que presentar el contrato laboral por una duración superior a un año, así como las tres últimas nóminas. Si es autónomo, lo habitual es solicitar las dos últimas declaraciones trimestrales del IVA y la última declaración de la renta, aunque también se pueden pedir las facturas. En el caso de los jubilados y funcionarios, pueden presentar sus últimos ingresos bancarios. Como regla general, se exige que la mensualidad del alquiler no supere en más de un 40 % o 45 % los ingresos mensuales del inquilino. 

De esta forma, si el inquilino cumple los requisitos, el resultado del estudio de solvencia será favorable. La compañía aseguradora no tendrá problemas en firmar el seguro de impago de alquiler y se responsabilizará por las rentas pendientes que podría contraer con el propietario de la vivienda.

En resumen, un seguro de impago de alquiler te brinda la máxima protección para alquilar una vivienda de tu propiedad, proporcionándote seguridad y tranquilidad.

 
 

No lo pienses más, blíndate contra el impago de las rentas por parte de inquilinos morosos con nuestro Seguro de Alquiler Protección Total.
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