Área privada

Cuando contratamos un seguro son muchas las ventajas que adquirimos. La protección de nuestro hogar, nuestra salud, nuestro coche…nos proporciona una seguridad que nos ayuda a vivir más tranquilos. Pero, sin duda, otra de las ventajas posibles para el asegurado es la desgravación en la declaración de la renta.

Seguros de hogar

En primer lugar, es necesario aclarar que desde el 1 de enero de 2013 cambió la ley en este aspecto. La desgravación por la adquisición de vivienda habitual llegó a su fin. Por lo tanto, únicamente tendrán opción a desgravaciones las personas que compraran su casa antes de esta fecha. También hay que tener en cuenta que el seguro de hogar que tengamos esté relacionado con un préstamo hipotecario de nuestra vivienda habitual. La ley permite que el asegurado se desgrave la prima que paga anualmente en la parte de las deducciones por adquirir una vivienda. El importe máximo deducible es de 9.040€ anuales, lo que supone que la Agencia Tributaria nos aplique una reducción del 15% en nuestro IRPF. Si el importe anual de la hipoteca no supera los 9.040€ anuales, aún quedaría un margen para poder incluir los gastos restantes, como los seguros, que lleva incluida la adquisición de la vivienda.

Seguro de vida

Ya hace unos cuantos años que los bancos incluyen un seguro de vida en los préstamos hipotecarios. A efectos de la declaración de la renta, estos seguros de vida vinculados a nuestra hipoteca están relacionados a la adquisición de una casa y, por ello, el importe anual que pagamos lo podemos incluir en la deducción de la vivienda, teniendo en cuenta lo dicho anteriormente, siempre que la vivienda haya sido adquirida antes del 2013 y que no nos podemos pasar el tope de los 9.040 euros al año, entre la desgravación de la vivienda, el seguro de hogar y la del Seguro de Vida asociado a la vivienda.

Seguro de coche

Cuando adquirimos un vehículo nuevo, es obligatorio contratar, como mínimo, un seguro de coche a terceros. Como norma general, estos seguros no desgravan en la declaración de la renta. Pero, si el vehículo lo compra un trabajador autónomo con fines laborales, y así lo tiene registrado, de manera completa, para llevar a cabo su actividad empresarial; es posible que se deduzcan los costes del seguro.
No lo dejes para última hora y analiza cuáles son tus deducciones en la declaración de la renta próxima. Comprobar si has tenido en cuenta todo aquello que te puede desgravar no te llevará mucho tiempo y quizás te lleves alguna sorpresa y puedas ahorrar más. En Santalucía contamos con una gran variedad de seguros con amplias coberturas. ¡No lo dejes más!

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