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  En el sector ganadero, tiene especial importancia el seguro pecuario. Éste nos protege frente a enfermedades o accidentes que puedan sufrir nuestros animales. En este seguro, entra en juego el concepto de “franquicia”.

¿Qué implica el concepto de “franquicia” en el seguro pecuario?

El concepto de “franquicia” del seguro pecuario hace referencia a “la cantidad o porcentaje sobre la cuantía de los daños indemnizables o del valor asegurado que, en cada siniestro, queda a cargo del asegurado, según lo que se establezca en las condiciones especiales”. Muy técnico, ¿verdad? Veámoslo de otra forma.
Supongamos que el capital asegurado de tu póliza es de 8.000€. Esto implica que el máximo de indemnización que recibirás por todos los conceptos puede ser de 8.000€. Sin embargo, en las condiciones especiales de tu seguro se puede especificar que hay casos en los que todos los gastos no son cubiertos por la compañía aseguradora. Analicemos un ejemplo.
Imagina, por ejemplo, que se produce un incendio debido a una imprudencia tuya. Y, en tu póliza, se refleja que, en casos como estos, la compañía no se hace cargo de cubrir todos los gastos derivados de siniestros que afecten a los animales; sólo del 70%, por ejemplo. El otro 30% de los gastos, por tanto, te corresponderían a ti. Ése 30% es lo que llamamos “franquicia”.
En Santalucía, sabemos que hay personas que dependen de algunos animales para sobrevivir, pues son su fuente de ingresos. Es el caso de los ganaderos, por ejemplo. Por eso, ofrecemos diferentes seguros agrarios, entre los que se encuentra el ya mencionado seguro pecuario.
Con estos seguros, podrás proteger tu actividad para que nada ponga en peligro tu forma de vida. Y, además, podrás seguir disfrutando de las subvenciones estatales y autonómicas a las que tienes acceso.

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