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La incapacidad temporal y permanente puede impedir o limitar el desempeño de un trabajo a quienes la padecen. ¿Quieres saber qué son y cómo se determinan? ¡Sigue leyendo!

¿Cuáles son los tipos de incapacidad que existen?

Se pueden diferenciar cinco tipos de incapacidad diferentes y es importante conocerlos puesto que en los seguros de vida, seguros que se contratan para afrontar con tranquilidad situaciones de enfermedad, invalidez o fallecimiento, la indemnización dependerá en el caso de la invalidez, del tipo de incapacidad de la que se trate.

1. Incapacidad temporal

Ante cualquier enfermedad o accidente que te impida trabajar, lo primero que se tramita es una incapacidad temporal. No obstante, esta puede derivar en permanente.

2. Incapacidad parcial

Como su propio nombre indica, la incapacidad parcial temporal afecta a una parte de tu rendimiento laboral (aproximadamente al 33 %). No obstante, no impide que puedas desarrollar tu profesión.

3. Incapacidad permanente total

En este caso, estarás incapacitado por completo para desarrollar tu profesión. Pero eso no quiere decir que no puedas trabajar en otro sector. Con un ejemplo lo verás mejor: si eres odontólogo y pierdes la destreza de tu mano dominante en un accidente, eso te impedirá continuar con tu profesión… Sin embargo, podrías desarrollar labores como, por ejemplo, la docencia.

4. Incapacidad permanente absoluta

A diferencia de la anterior, con esta incapacidad no podrás desarrollar tu profesión ni otro oficio alternativo. Cada vez es más complicado que la Seguridad Social la reconozca, pues se han endurecido sensiblemente los requisitos para optar a ella.

5. Gran invalidez

Una gran invalidez te incapacita por completo para trabajar. Además, conlleva la necesidad de asistencia en algunas de las actividades diarias más rutinarias como vestirse, comer o ducharse, entre otras.

Ante cualquiera de estas situaciones, es fundamental contar con un seguro de salud a la altura de las circunstancias. Solo así podrás gozar con tranquilidad de la mejor atención médica.

¿Cómo se calcula una incapacidad laboral?

Para calcular cualquier tipo de incapacidad laboral hay que atender a la base reguladora del salario. En el caso de la incapacidad temporal, no se cobra nada hasta el cuarto día. Pero, a partir de este día, se cobrará el 60 % de la base reguladora. Y, del día 21 en adelante, se cobrará el 75 % de la misma.

Por otro lado, cuando la incapacidad laboral tiene un carácter permanente, hay que tener en cuenta tanto el grado de reconocimiento de esta como la base reguladora.

Para determinar el resto de incapacidades, se atiende a lo siguiente.

  • Incapacidad permanente parcial. La indemnización que corresponde es a tanto alzado. Esto quiere decir que es un tipo de indemnización especial, por enfermedad profesional o en caso de muerte por accidente laboral. Suele ser de 24 mensualidades de la base reguladora.
  • Incapacidad permanente total. La indemnización es del 55 % de la base. Sin embargo, a partir de los 55 años se puede incrementar un 20 %.
  • Incapacidad permanente absoluta. En este caso se atiende al 100 % de la base reguladora.
  • Gran invalidez. En estos casos se suma un complemento a la base reguladora.

Tener una incapacidad temporal y permanente no es algo baladí, y si acontece súbitamente puede resultar algo bastante complejo de asumir. No dejes de reclamar la cantidad económica que por ley te corresponda y, por supuesto, de llevar una vida sana.

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