Área privada

Uno de los factores de vital importancia a la hora de calibrar la solvencia de cualquier tipo de economía, tanto la de un país (a nivel macroeconómico), como la de familias (nivel microeconómico) es estudiar y conocer, por un lado, su capacidad de ahorro y por otro lado, su generación de ingresos. En este sentido, una de las entradas económicas que ha sido fundamental a la hora de aumentar la fuente de ingresos de las familias ha sido sin duda el alquiler de viviendas. Si cuentas con un piso vacío o amueblado, apto para alquilar pero no sabes por dónde empezar, desde aquí te explicamos qué puntos debes tener en cuenta y qué pasos debes seguir para arrendar tu casa de forma segura y eficaz.

  1. Poner la vivienda en el mercado inmobiliario. Aunque colocar carteles en ventanas y balcones es una fórmula que aún funciona, actualmente la forma más utilizada, consultada y que más confianza genera, es publicar el anuncio  a través de portales inmobiliarios en Internet o si lo prefieres contratar a un agente inmobiliario para que lleve a cabo el proceso con garantías.Imprescindible en cualquier caso aportar fotos de todas las estancias (si se añade un vídeo mucho mejor), incluir información básica como ubicación, precio y características. El precio lo define el mercado.
  2. Seleccionar al inquilino ideal. Para acertar en la buena elección del inquilino es necesario conocer previamente su solvencia económica.  Se le puede solicitar su nómina, contrato laboral con el fin de conocer su capacidad de pago y estabilidad y si se quiere también, referencias de otros propietarios de alquileres anteriores.
  3. Redactar un contrato privado. En este punto es importante cumplir la normativa de la Ley de Medidas de Flexibilización y Fomento del Mercado de Alquiler de Viviendas presente en el BOE, que en caso de morosidad del inquilino, basta un solo mes de impago para requerir el abono. Incluir inventario de objetos de la casa.
  4. Pedir garantías adicionales. Pagos de fianza para cubrir posibles desperfectos u obligaciones de pago no satisfechas por el inquilino. A la hora de depositar la fianza, el arrendatario está obligado a llevarla al organismo correspondiente de su comunidad autónoma y dar el recibo de haber depositado la fianza al inquilino, o puede verse expuesto a una sanción a consecuencia de una denuncia.
  5. Exigencia de aval.  Se trata de un respaldo que da un tercero sobre los pagos que asume el inquilino. Existen dos tipos: el aval particular, generalmente cubierto por un familiar, y el aval bancario, donde la entidad financiera responde de los pagos. Pero este suele ser el más complicado de conseguir por falta de liquidez inmediata para abonar seis meses en un sólo pago.
  6. Contratación de seguros de impago o desperfecto. Es la opción alternativa a los avales porque de este modo se evita el esfuerzo del pago inicial por parte el inquilino, a veces inasumible. Estos seguros ofrecen una protección total ante impagos y desperfectos.
  7. Someter el contrato a arbitraje. Vía idónea para una resolución de conflictos alternativa a la vía judicial,  donde se acuerda someterse a la decisión de un árbitro imparcial a la hora de solucionar problemas, si fuera necesario.
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