Área privada

La pintura es un elemento esencial para proteger los muros, renovar el aspecto visual de la vivienda y preservar su habitabilidad, aunque el color elegido también influye en nuestro estado de ánimo, nivel de activación fisiológica y desempeño, como comprobó tiempo atrás un estudio realizado en la universidad sueca de Lund. Además, ese aspecto mejorado de paredes y fachadas puede incidir directamente en una revalorización del inmueble.

Por tanto, no es una cuestión baladí, aunque represente, en ocasiones, un gran desembolso. Sin embargo, ¿sabías que pintar un piso en alquiler desgrava en tu IRPF?

¿Quién puede deducirse los costes de la pintura de un inmueble alquilado?

Como norma, pintar la casa se considera una obra de conservación que debe asumir el propietario, salvo cuando su deterioro (manchas, roces, pérdida de color, etc.) sea imputable al arrendatario, señala la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) en referencia al mantenimiento de la propiedad.

No obstante, cuando indiques los ingresos obtenidos por el alquiler en tu declaración anual del IRPF, tienes la posibilidad de desgravar el coste de la pintura. A diferencia del inquilino, las ganancias que consigas con el arrendamiento se consideran rendimientos del capital inmobiliario, por lo que puedes restar los gastos en los que hayas incurrido para obtenerlas.

El rendimiento del capital inmobiliario se refiere a la renta que obtiene el propietario de un inmueble, ya sea de manera directa o indirecta, debido a su alquiler o cesión a terceros.

Pero tendrás que cumplir un par de condiciones:

  1. Tener la factura por el trabajo realizado y los apuntes bancarios correspondientes. Si no puedes demostrarlo, será mejor que no lo incluyas, pues te arriesgas a que Hacienda elimine esa partida en una comprobación y te sancione por haberla declarado indebidamente.
  2. Acreditar que dicho gasto, que se suele realizar antes de firmar el contrato de arrendamiento, se destina exclusivamente a la obtención de ingresos por el alquiler. O sea, no puedes disfrutar del inmueble, ni siquiera de manera temporal.

¿Cuánto podrás deducir del IRPF?

Como propietario, puedes desgravarte el coste de la pintura de la vivienda que tienes arrendada. Para ello, debes indicar los ingresos obtenidos por el alquiler en tu declaración anual del IRPF.

Para desgravar la pintura del piso en alquiler con categoría de vivienda habitual, tendrás que rellenar la casilla 0107, que corresponde a los costes de mantenimiento del inmueble. En principio, puedes detraer su coste total, pero existe un límite.

La Agencia Tributaria señala que “el importe total máximo a deducir por los intereses y demás gastos de financiación y por los gastos de conservación y reparación no podrá exceder, para cada bien o derecho, de la cuantía de los rendimientos íntegros obtenidos”. O sea, la suma de tus gastos no puede superar las ganancias. Si eso ocurre, tienes derecho a desgravar el exceso durante los cuatro años siguientes.

Recuerda además que, como propietario de una vivienda destinada al alquiler, no podrás deducir las cantidades destinadas a la ampliación o mejora del inmueble. Por ejemplo, si has añadido una habitación y la pintas, ese importe no es deducible, pues se consideraría una inversión que aumenta el valor y, en consecuencia, su precio de arrendamiento.

3 claves que te permitirán ahorrar en la pintura

Aunque pintar un piso de alquiler desgrava, es posible que te convenga reducir costes. La gran pregunta que debes plantearte es: ¿cada cuánto tiempo piensas retocar las paredes? Si quieres que aguanten varios años, será mejor que te decantes por un producto de larga duración. En el mercado existen pinturas lavables y resistentes a las manchas o las rozaduras.

1. Elige la pintura acorde a la zona

Generalmente, los espacios sometidos a un gran desgaste o un uso intensivo, como los pasillos, la cocina, el baño o las habitaciones infantiles, necesitan una pintura plástica de mejor calidad. En cambio, en las zonas que no se usan mucho, como los sótanos, o aquellas poco accesibles, como los techos, podrás ahorrar optando por una gama más económica (por ejemplo, temple). Eso sí, ten siempre en cuenta factores como la facilidad para aplicar el producto, la superficie donde se aplicará, si se trata de una pintura lavable o no, su resistencia, etc.

2. Comprueba su poder cubriente

No pienses en la pintura como un gasto; plantéatelo como una inversión. De hecho, si quieres economizar, el secreto radica en elegir opciones que proporcionen una gran cobertura, entendida como la capacidad para ocultar de manera uniforme el color de la superficie donde se aplica. Así podrás cubrir más metros cuadrados con menos pintura y, probablemente, evitarás dar una tercera capa, ahorrándote dinero y horas de trabajo.

3. Compra la cantidad necesaria

Antes de comenzar las obras, conviene medir la superficie (ancho por largo) para calcular con exactitud la cantidad de producto que necesitas. Recuerda que cada pintura tiene un rendimiento diferente, por lo que debes fijarte en el nivel de cubrimiento que proporciona por litro. Así no comprarás de más ni te quedarás corto.

Por supuesto, otra manera de ahorrar consiste en encargarte de todo el trabajo. Aunque Santalucía te facilita las cosas. A través del servicio de conexión con profesionales de los seguros de hogar, ponemos a tu disposición personal especializado que pueden ocuparse de esta tarea. Y no tendrás que pagar el primer desplazamiento. Solicita un presupuesto y descansa tranquilo sabiendo que la pintura de tu casa está en buenas manos.

Recuerda, igualmente, que la garantía de daños estéticos de nuestras pólizas para el hogar cubre los gastos para restablecer la apariencia de una estancia afectada por un siniestro cuyo riesgo está asegurado. Así, por ejemplo, en el supuesto de una fuga de agua o un incendio, se pintarán todas las paredes y techos de la habitación accidentada con el objetivo de recuperar sus características iniciales.

En resumen, debes saber que pintar un piso de alquiler desgrava en su totalidad de la declaración anual de la Renta porque se considera una obra de conservación y, por ende, un gasto necesario para obtener ganancias de tu propiedad. No obstante, debes tener factura y no puedes haber disfrutado del inmueble.

 
 

El seguro de hogar también es un gasto deducible en tu declaración de Renta. No te la juegues innecesariamente: blinda tu vivienda y los ingresos del arriendo contratando la modalidad Alquiler Protección Total de Santalucía.

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