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Seguro de hogar en una vivienda de alquiler: ¿quién debe asumir el pago?

En los últimos años, el número de personas que optan por vivir en alquiler en España ha incrementado progresivamente. Entre 2020 y 2022 se observa una trayectoria estable en el porcentaje de hogares en régimen de arrendamiento, que se mantiene en torno al 25 %, según los datos que arroja Eurostat. Y se prevé que esta tendencia experimente una subida, ya que, entre otros factores, los precios de la vivienda siguen creciendo. Solo entre el segundo y el trimestre de 2023 se ha producido un aumento del 2,5 %, señala el INE.

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Esta circunstancia subraya la importancia de los seguros de hogar, tanto para propietarios como para inquilinos, ya que contar con esta cobertura se presenta como la mejor opción para afrontar los potenciales contratiempos que puedan surgir en casa.

Seguro de hogar: ¿quién asume el coste?

Mientras que al dueño le bastaría con una cobertura de garantías básicas, como daños contra incendios o responsabilidad civil, el inquilino vería expuestas sus pertenencias en caso de robo si no cuenta con un seguro contratado.

¿Sería justo entonces que el arrendatario fuera el responsable de costear la póliza de hogar?

Lo más adecuado sería encontrar las coberturas que mejor se adapten a cada uno:

  • Propietario: debería recurrir a un seguro de vivienda que cubra el continente, dado que es su obligación mantener la propiedad en óptimas condiciones de habitabilidad, de acuerdo con la Ley de Arrendamientos Urbanos. También es aconsejable blindarse contra posibles contratiempos derivados del alquiler, como la morosidad y los impagos. Las pólizas de hogar de Santalucía incluyen una opción adicional para el arrendador, que abarca la pérdida de alquileres, protección jurídica y responsabilidad civil. Además, las modalidades Hogar Completo y Hogar Premium incorporan una garantía contra actos vandálicos por parte del arrendatario.
  • Inquilino: en este caso, la recomendación pasa por contratar una póliza de hogar que no solo englobe las coberturas básicas -como daños frecuentes e importantes, o gastos por inhabitabilidad y/o complementarias, entre ellas, la asistencia urgente en el hogar, sino que también brinde la posibilidad de añadir garantías específicas para el arrendatario.

Elegir el seguro de hogar que mejor se adapte a tus necesidades es esencial para tu tranquilidad como inquilino.

Al hablar de intereses diferentes, podemos concluir que el coste que debería asumir el arrendatario sería el de la póliza que elija libremente contratar en función de sus necesidades, al margen del elegido por el propietario.

¿Puede obligarte el arrendador a contratar un seguro de hogar?

Si bien es cierto que, a la hora de firmar el contrato de una vivienda de alquiler, el propietario puede elegir únicamente a personas dispuestas a contar con una póliza de hogar, la realidad es que dicha contratación no está obligada por ley.

De hecho, de acuerdo con el Real Decreto 716/2009, el único supuesto en el que se consideraría imprescindible la tenencia de un seguro para proteger tanto continente como contenido de un hogar, sería en caso de que fueras poseedor de una vivienda hipotecada.

La contratación de un seguro de hogar para inquilinos no es obligatoria, salvo que lo exija el contrato de alquiler. Sin embargo, te ayudará a protegerte frente a siniestros comunes en el domicilio como los incendios.

¿Cómo elegir el mejor seguro para un hogar de alquiler?

Si has optado por una vivienda arrendada, lo primero que deberías hacer antes de elegir tu póliza es preguntar al propietario si el domicilio ya dispone de un seguro y, de ser así, saber qué garantías contempla.

Esto te ayudará a encontrar una opción complementaria que te ofrezca una mayor tranquilidad.

No obstante, lo más apropiado es elegir una cobertura que te permita:

  • Por un lado, proteger el contenido de tu hogar frente a incidencias como daños por agua o hurtos.
  • Y, por otro, que esta cobertura también incluya un aspecto clave, como es la responsabilidad civil. Una garantía que te permitirá afrontar problemas originados por averías en la vivienda que puedan ocasionar molestias a tus vecinos.

Las ventajas de contratar un seguro de hogar son evidentes. Por ejemplo, si se produce un siniestro en tu piso como un fallo eléctrico y tú eres el responsable, el seguro del propietario no se hará cargo; y si no tienes uno como arrendatario, tendrás que afrontar todos los gastos derivados. Al fin y al cabo, como inquilino debes mantener la vivienda en buen estado y devolverla a la finalización del contrato en las mismas condiciones.

Si quieres evitar contratiempos, el seguro de hogar de Santalucía ofrece garantías específicas para el arrendatario, teniendo en cuenta los requerimientos más comunes del inquilino. Se trata de un conjunto de coberturas en bloque confeccionadas específicamente para aumentar la protección de los asegurados en régimen de alquiler.

En su versión más básica, esta póliza ofrece coberturas para el continente, sin la necesidad de contar con el arrendador o su seguro. Lo mismo que la responsabilidad civil en caso de inundaciones accidentales. Pero si eliges, además, las garantías para el arrendatario, dispondrás también de:

  • Cobertura de responsabilidad civil por daños a la vivienda.
  • Asistencia jurídica y extrajudicial, incluyendo asesoramiento legal especializado y reclamaciones frente al arrendador, salvo en procedimientos de desahucio por impago.

Un seguro concebido para que disfrutes de la tranquilidad en tu hogar arrendado sin preocupaciones.

Contratar un seguro de hogar con coberturas para el inquilino es la mejor opción para garantizar la protección y el buen mantenimiento de la vivienda alquilada, sin depender del propietario y sin desembolsos inesperados que puedan afectar a la economía familiar.

 
 

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