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Existen algunas razas de perros que son consideradas como potencialmente peligrosas, aunque esto no quiere decir que sean peligrosos de por sí; simplemente figuran en esta categoría por el hecho de que, dada su tipología racial y características morfológicas, incurren en mayor riesgo de causar lesiones graves a personas, otros animales y daños a las cosas.

La tenencia de un animal clasificado como potencialmente peligroso (PPP) requiere la previa obtención de una licencia expedida por el ayuntamiento de residencia del solicitante. que tendrá una validez de cinco años y deberá ser renovada. Los requisitos para obtenerla son los siguientes:

  1. Ser mayor de edad y no estar incapacitado para cuidar correctamente al animal.
  2. No haber sido condenado por delitos de homicidio, lesiones, torturas, contra la libertad o contra la integridad moral, la libertad sexual y la salud pública, de asociación con banda armada o de narcotráfico, así como ausencia de sanciones por infracciones en materia de tenencia de animales potencialmente peligrosos.
  3. Obtener un certificado de aptitud física y psicológica
  4. Adquirir un seguro de Responsabilidad Civil por daños a terceros con una cobertura mínima de 120.000 euros.
  5. Tener un certificado de sanidad animal que acredite con periodicidad anual la situación sanitaria del animal y la inexistencia de enfermedades o trastornos que lo hagan especialmente peligroso.

En el anexo I del Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos se enumeran las razas de perros que tienen la consideración de potencialmente peligrosos:

  • Pit Bull Terrier
  • Staffordshire Bull Terrier
  • American Staffodshire Terrier
  • Rottweiler
  • Dogo Argentino
  • Fila Brasileiro
  • Tosa Inu
  • Akita Inu

En el anexo II de la misma norma se describen características que, si concurren todas o la mayoría en un perro, también provocarán que tenga la consideración de perro potencialmente peligroso:

  • Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
  • Marcado carácter y gran valor.
  • Pelo corto.
  • Perímetro torácico de entre 60 y 80 centímetros, con una altura de entre 50 y 70 centímetros y un peso que supere los 20 kg.
  • Cabeza voluminosa y mandíbulas grandes y fuertes.
  • Cuello ancho, musculoso y corto.
  • Pecho ancho, con costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
  • Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.

En el caso de ser dueño de un perro con esta consideración, el seguro de mascotas de santalucía te permite cumplir con la obligatoriedad de contratación de un seguro de responsabilidad civil.

Es preciso tener en cuenta que Comunidades Autónomas y corporaciones loacales son competentes para dictar normativa de desarrollo sobre la tenencia de animales potencialmente peligrosos, por lo que siempre habrá que tener en cuenta si, en función de la residencia del titular del perro, puede ser de aplicación algún otro requisito para la tenencia de estos animales y que pueden afectar a la cuantía mínima de cobertura del seguro.

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